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Sobre el protocolo anti-piquetes y la criminalización de la protesta


El “protocolo antipiquetes” que presentó la actual ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, tiene como fin impedir y reprimir las protestas y reclamos sociales. Si bien argumenta que es una medida impulsada ante la “recurrencia, intensidad, extensión y frecuencia de la interrupción del tránsito”, el reglamento no pretende resguardar a los ciudadanos sino más bien criminalizar su derecho a reclamar. Esto fue apuntado por algunos sectores y organizaciones como ilegal porque en nuestro país el derecho a la protesta está avalado constitucionalmente. 

No fue casualidad que se dictara dos días después a la puesta en marcha de un plan económico que impacta en la mayoría de la ciudadanía, pero aún más en los sectores sociales más vulnerados del país.

Este protocolo indica que cualquier manifestación que se lleve a cabo mediante cortes de calles y/o rutas, y que afecte la circulación del transporte y las personas, constituye un delito y, por ende, habilita a las fuerzas de seguridad a actuar para desalojar o dispersar la protesta, y recaudar información sobre sus participantes, sean personas y/o organizaciones. De esta forma, no sólo se criminaliza el acto mismo sino que también estigmatiza a las organizaciones, movimientos sociales y sindicatos, y se promueve la persecución de los mismos.

En su exposición, Bullrich finalizó diciendo que este nuevo reglamento deroga el “protocolo garantista de Nilda Garré”. Esto constituye un atraso enorme, ya que ese, fruto de debates desde 2002 y publicado en 2011, fue elaborado para “incorporar los estándares de derechos humanos como guía y a la vez como límite infranqueable para las intervenciones del Estado”, garantizando la libre expresión y el ejercicio del derecho a la protesta.

Como el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) sostenía en 2016 (!) en referencia a la modificación que la entonces Ministra de Seguridad Patricia Bullrich quería introducir en el protocolo, "[e]n nuestro país, el corte de calles y la ocupación de espacios públicos tienen una larga tradición como método de lucha social. Lamentablemente, también tenemos una larga historia de represiones a protestas sociales en las que las fuerzas de seguridad asesinaron a muchos manifestantes o los hirieron gravemente". 

Pese a que últimamente pareciera como si nuestra simulación estuviera glitcheando, ofreciéndonos los mismos escenarios una y otra vez, como ciudadanas con memoria volveremos a resistir y discutir para defender nuestros derechos humanos. 

Algunos de los puntos a destacar de este nuevo protocolo represivo y su influencia en las movilizaciones:

  •  Las cuatro fuerzas federales (gendarmería, prefectura naval, policía federal y policía de seguridad aeroportuaria) y el servicio penitenciario federal van a intervenir frente a cortes, piquetes y bloqueos, parciales o totales. No necesitarán orden judicial para actuar (Art. 1 y 2).
  • No se va a tener en cuenta la existencia de “vías alternativas”: si se interrumpe la vía principal, esta será liberada. Es decir, al final del día no importa dónde se haga el corte, todo corte será “disminuido” por las fuerzas federales de turno (Art 3).
  • Las fuerzas federales actuarán en zonas federales, y las fuerzas provinciales deberán intervenir en las zonas que les competen. Emplearán la mínima fuerza “necesaria y suficiente”, que será graduada en “proporción a la resistencia”. Evidentemente, esto deja a interpretación de la policía cuál es el uso de la fuerza que utilizarán, según su propio criterio de resistencia (Art 5).
  • Se van a identificar a los autores del corte, los vehículos que se utilicen y a sus conductores registrados. Se van a registrar las infracciones administrativas existentes y se va a proceder a incautar a los rodados que no estén bajo las normas de tránsito o cuyo conductor no tenga la documentación (Art 6 y 7).
  • Habrá fuerzas de seguridad en las estaciones de tren, a fin de detectar a aquellas personas que vayan con un tipo de material “que debe ser incautado", como palos o elementos para taparse la cara. Es decir, te pueden pedir tus datos en el transporte, chequear tus antecedentes, etc., a libre criterio de la fuerza de seguridad.
  • Se propone un cruce de información y de fotografías para el rastreo de los manifestantes. Esto va en contra de la Ley de Inteligencia Nacional (25.520), que en el artículo 4° del Título II: “Protección de los Derechos y Garantías de los habitantes de la Nación”, establece que ningún organismo de inteligencia podrá “1. Realizar tareas represivas, poseer facultades compulsivas, cumplir, por sí, funciones policiales ni de investigación criminal, salvo ante requerimiento específico realizado por autoridad judicial competente en el marco de una causa concreta sometida a su jurisdicción, o que se encuentre, para ello, autorizado por ley. 2. Obtener información, producir inteligencia o almacenar datos sobre personas, por el solo hecho de su raza, fe religiosa, acciones privadas, u opinión política, o de adhesión o pertenencia a organizaciones partidarias, sociales, sindicales, comunitarias, cooperativas, asistenciales, culturales o laborales, así como por la actividad lícita que desarrollen en cualquier esfera de acción” (Art. 8).
  • Se sancionará a aquellos que lleven niños a una manifestación (Art 10).
  • Se enviará una factura con los costos de los operativos de seguridad a las organizaciones o individuos responsables de las movilizaciones. El Ministerio de Seguridad "podrá demandar judicialmente" a las organizaciones e individuos que convoquen o participen de los cortes, "por el costo de los operativos que se hubieren desplegado para hacer cesar los actos ilegítimos". En caso de tratarse de extranjeros, se mandará la información a Migraciones (Art. 11).
  • Se creará un registro de las organizaciones que participan de cortes de espacios de la vía pública y voceros que hacen este tipo de manifestaciones. (Art. 12).
  • Se considerará “reunión o manifestación” a la congregación de tres o más personas en un espacio público con el propósito del ejercicio de los derechos aludidos; y obliga a que toda reunión sea notificada con 48 hs o más de antelación.


En vista de que se trata de un protocolo que no busca velar ni por la seguridad ni por la circulación en las calles, se enviaron dos comunicaciones a los procedimientos especiales de la ONU y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos -con 1700 firmas de movimientos sociales, organismos de derechos humanos, organizaciones sociales, ambientales, transfeministas, sindicatos y movimientos estudiantiles, entre otros- criticando el protocolo y explicando que muchas de las disposiciones que se dictan en él van en contra de los derechos a la libre reunión y asociación, a la libertad de expresión y a la protesta social. Estos derechos no sólo están reconocidos en nuestra propia Constitución Nacional, sino en los tratados internacionales de derechos humanos a los que adscribimos. En estas dos denuncias, se solicitó a la ONU y CIDH que manifestasen públicamente la preocupación ante el protocolo.

Vale recordar que luego de la publicación del protocolo, el relator especial de la ONU para la libertad de reunión pacífica y asociación, Clement Nyaletsossi Voule, tuiteó su preocupación:

Como resultante de esta interacción y las respuestas de Bullrich y la posterior reunión de ACNUDH con el gobierno (Cancillería, Ministerio de Justicia y Secretaría de DDHH) sucedida el 10 y 11 de enero, el 18 de enero se anunció que la ONU solicitó participar en el debate sobre la ley Ómnibus en relación con las obligaciones y estándares internacionales sobre Derechos Humanos.

Habrá que estar atentas sobre cómo procede esta solicitud y qué incidencia tendrá sobre este punto en particular y sobre la aprobación o no de la megaley.


De todos modos, a día de hoy, el protocolo está vigente, y ya tuvimos las primeras repercusiones.
Por un lado, el 20 de Diciembre (día emblemático para la historia reciente del país) aparecieron carteles en la aplicación Mi Argentina y en Plaza Constitución con la leyenda “El que corta, no cobra” invitando a denunciar si estaban asistiendo contra su voluntad a las movilizaciones. Frase amenazante que, sin lugar a dudas, está apuntada a generar miedo al reclamo y prevenir que las personas salgan a la calle. Durante el mismo día, bajo la premisa de cobrarle a las organizaciones el costo de los operativos, circuló un listado oficial donde la mayoría de las que figuraban ni siquiera habían asistido a la movilización.






Dos días más tarde, se congregaron un grupo de personas de forma autoconvocada en uno de los muchos cacerolazos a lo largo del país, esta vez en el Patio Olmos (Córdoba), donde se manifestaron pacíficamente hasta que la policía comenzó a reprimir con palos y gases lacrimógenos, culminando en la detención de varias personas.

Sin lugar a dudas y considerando las modificaciones sugeridas 
sobre este mismo asunto en el proyecto de Ley Ómnibus presentado por La Libertad Avanza a pocos días de su asunción, esto es solo el principio de la rienda libre a la fuerza policial y a la criminalización de la protesta a la que pretende llegar la actual Ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, sin importar los derechos de nadie.


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